MORELIA, MICH.- Con un total de 32 votos a favor, cero en contra y una abstención, se aprobó la reforma al primer párrafo y la fracción X del artículo 323 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo.
Dado que los complejos comerciales, solicitan una licencia de construcción y operación para ofrecer bienes y servicios diversos, no el servicio de estacionamiento público y ante la obligatoriedad que tiene cualquier ciudadano de contar con los espacios suficientes, para no afectar el lujo vehicular con la instalación de desarrollos comerciales, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Reforma al Código de Desarrollo Urbano, que obliga a que en estos sitios la prestación del servicio de estacionamiento sea gratuito.
La actividad de un centro comercial consiste en vender productos, bienes y servicios, por lo que no está justificado el cobro de los espacios que ocupan los automóviles de los consumidores, además, pese al pago de la renta por concepto de estacionamiento, las empresas se no hacen responsables ante cualquier daño o robo parcial o total del
vehículo, lo que reafirma lo inverosímil que resulta dicho cobro.
Esta reforma beneficiará no sólo a los consumidores, sino también a los propios empresarios, ya que una vez que entre en vigor, se hará evidente un incremento significativo en las ventas, pues el monto que los clientes destinan en estacionamiento, será invertido en compras dentro de las mismas tiendas comerciales. Asimismo, se garantizará que como lo marca la Constitución el interés público esté por encima del particular.